Declaraciones5 de septiembre de 2026 · 6 min de lectura

Calendario tributario de Costa Rica

Todas las fechas en un solo lugar: el IVA el 15, la declaración 270 el 25, el D-105 trimestral y la renta en marzo. Con el detalle de qué aplica según tu régimen.

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Las fechas tributarias en Costa Rica se repiten con un patrón fijo. Una vez que lo tenés claro, no hace falta consultar un calendario nuevo cada año: cambian los días de la semana, no la lógica.

Esta es la referencia completa de qué se presenta, cuándo, y a quién le aplica.

El calendario de un vistazo

ObligaciónRégimenFrecuenciaVencimiento
270
Clientes y proveedores (antes D-151)
General y SimplificadoMensualDía 25 del mes siguiente
D-104
IVA
GeneralMensualDía 15 del mes siguiente
D-105
IVA + Renta
SimplificadoTrimestral15 de ene / abr / jul / oct
D-101
Renta, personas físicas
GeneralAnual15 de marzo
D-102
Renta, personas jurídicas
GeneralAnual15 de marzo

Ojo: el plazo del 270 cambió

El 270 vencía el día 10 y desde marzo de 2026 vence el día 25 (resolución MH-DGT-RES-0010-2026). Mucho material publicado —y muchos calendarios impresos— siguen diciendo 10.

Lo que no cambió es que aplica a ambos regímenes, incluido el Simplificado. Es la obligación que más se olvida. Los nombres nuevos de cada formulario están en la guía de TRIBU-CR y la OVi.

Si estás en Régimen General

Tu año se ve así:

  • Todos los meses, día 25: la declaración 270, pero solo si ese mes tuviste operaciones sin comprobante electrónico.
  • Todos los meses, día 15: D-104 del mes anterior.
  • 15 de marzo: D-101 si sos persona física, D-102 si sos persona jurídica.

En total: 24 presentaciones al año más la declaración de renta.

Si estás en Régimen Simplificado

  • Todos los meses, día 25: la declaración 270, si ese mes tuviste operaciones sin comprobante electrónico.
  • 15 de enero, abril, julio y octubre: D-105 del trimestre cerrado.

En total: 16 presentaciones al año. La renta va incluida en el D-105, así que no presentás D-101 ni D-102 por esa actividad.

Los trimestres del D-105

TrimestrePeríodoVence
1.ºEnero – Marzo15 de abril
2.ºAbril – Junio15 de julio
3.ºJulio – Setiembre15 de octubre
4.ºOctubre – Diciembre15 de enero

El cuarto trimestre cruza el año

El trimestre de octubre a diciembre se presenta en enero del año siguiente. Cae junto con el arranque del año, que suele ser cuando menos se está pensando en impuestos.

Marzo, el mes cargado

Si estás en Régimen General, marzo concentra tres obligaciones:

  • 15 de marzo: D-104 de febrero.
  • 15 de marzo: D-101 o D-102, la declaración anual de renta.
  • 25 de marzo: declaración 270 de febrero.

La declaración de renta requiere el consolidado del año entero, así que conviene no empezar a armarla en marzo.

Los tramos de renta

Para empresas pequeñas —renta bruta hasta ₡119.174.000 según el parámetro vigente para 2026— el impuesto es progresivo por tramos: 5%, 10%, 15% y 20% según el nivel de utilidad. Por encima de ese umbral, la tarifa es del 30%.

Ese umbral se actualiza periódicamente, así que verificá el vigente para el período que estés declarando.

D-101 y D-102 en TRIBU-CR

Con la plataforma TRIBU-CR, las declaraciones de renta pasaron a identificarse por códigos numéricos, sin el prefijo D-, y además separados por tipo de contribuyente: 101 para persona física, 102 para persona jurídica y 103 para entidades públicas. Son las mismas obligaciones con otra nomenclatura.

El resto de los formularios también cambió de nombre —el D-104 es ahora el 150 y el D-151 es el 270—, y algunos números nuevos coinciden con códigos viejos que significaban otra cosa. La tabla completa está en la guía de TRIBU-CR y la OVi.

Cuando el vencimiento cae en fin de semana o feriado

El tratamiento del plazo cuando la fecha cae en día no hábil está definido por la normativa vigente. En la práctica, la recomendación es simple: no dejarlo para el último día. Presentar con dos o tres días de margen elimina el problema por completo, y también el riesgo de que una caída del portal justo el día del vencimiento te complique.

Cómo no perder ninguna

El patrón es fijo y se puede automatizar. Tres cosas que funcionan:

  • Recordatorios recurrentes en el calendario: el 13 y el 23 de cada mes, para llegar con margen al 15 y al 25.
  • Recolectar durante el período, no al final. Las facturas que se pierden se pierden en el momento en que llegan, no cuando las buscás.
  • Tener los totales siempre listos, en vez de armarlos contra reloj.

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