Declaración 270: qué reporta y por qué no aparece en tu OVi
Reporta solo las operaciones SIN comprobante electrónico, por eso no figura entre tus obligaciones pendientes. Dónde encontrarla, qué incluye y cuándo vence.
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La declaración 270 es probablemente la obligación peor entendida del sistema tributario costarricense, y la confusión empieza por su nombre. "Resumen de clientes y proveedores" suena a que hay que reportar con quién hiciste negocios.
No es eso. El 270 reporta únicamente las operaciones que no están respaldadas por un comprobante electrónico. Todo lo que sí trae factura electrónica queda fuera.
La lógica detrás: es el punto ciego de Hacienda
Cada factura electrónica que se emite en el país ya pasa por los sistemas de Hacienda. No necesitan que se la cuentes: ya la tienen.
Lo que no ven es lo que se movió sin comprobante electrónico de por medio. El 270 existe para llenar ese vacío. Por eso, cuanto mejor documentado esté tu negocio, menos tenés que reportar acá.
Por qué no aparece en tu OVi
Es la duda más común: entrás a la Oficina Virtual, revisás tus obligaciones pendientes, y el 270 no está por ningún lado. No es un error de la plataforma ni un problema de tu cuenta.
El 270 es una declaración eventual, no periódica. TRIBU-CR no la coloca entre tus pendientes porque solo corresponde en los meses en que efectivamente tuviste operaciones sin comprobante electrónico. Hay que ir a buscarla:
Dónde encontrarla
En la OVi: Declaraciones → Declaraciones Eventuales. Ahí seleccionás el formulario 270 y el período (mes y año) que vas a declarar.
Si un mes no tuviste ninguna operación de las que pide, no presentás nada. No existe la declaración en cero obligatoria.
Y si no aparece ni siquiera dentro de Declaraciones Eventuales, revisá dos cosas: que el contribuyente tenga una actividad económica activa inscrita, y que estén habilitados los permisos de terceros si estás entrando como representante o contador.
Qué entra y qué no
| Sí se reporta | No se reporta |
|---|---|
| Operaciones sin comprobante electrónico de respaldo | Todo lo amparado en una factura o tiquete electrónico |
Dentro de lo que sí entra, el formulario organiza la información en seis categorías:
- Ventas
- Compras
- Servicios profesionales
- Alquileres
- Comisiones
- Intereses
Cada registro corresponde a una contraparte —un cliente, un proveedor, un arrendante— con la que tuviste al menos una operación sin comprobante durante ese mes. Se reporta el total del período por contraparte, no cada operación suelta.
No hay un mínimo general por contraparte
A diferencia de la vieja D-151, que tenía umbrales, acá el criterio es mucho más amplio. Existen excepciones puntuales —por ejemplo, ciertos intereses pagados por entidades financieras supervisadas por SUGEF—, pero no asumás que un monto pequeño queda fuera. Confirmá tu caso con tu contador.
Cuándo se presenta
El plazo ordinario es dentro de los primeros 25 días naturales del mes siguiente al que se declara. Ese número cambió y conviene saberlo:
- Con la resolución
MH-DGT-RES-0055-2025vencía el día 10. - La resolución
MH-DGT-RES-0010-2026, del 17 de marzo de 2026, lo movió al día 25.
Buena parte del material publicado —y de los recordatorios que la gente ya tenía puestos— sigue diciendo 10.
El régimen transitorio: 2025 y 2026 son distintos
Período 2025: se presenta con el formato anual anterior (D-151), hasta el 25 de junio de 2026.
Período 2026: las doce mensuales pueden presentarse mes a mes, o todas juntas hasta el 25 de enero de 2027, sin sanciones. Quien tenga la capacidad de hacerlo mensualmente puede hacerlo con normalidad.
Esto explica por qué durante 2026 no ves nada vencido: no hay sanción mientras se cumpla dentro del plazo extraordinario.
Aplica a los dos regímenes
Esta es la confusión más costosa. Mucha gente asume que estar en Régimen Simplificado significa declarar solo cada tres meses. El 270 aplica igual a General que a Simplificado, y su período es mensual.
La obligación es amplia: alcanza a personas físicas, jurídicas, entidades públicas, asociaciones y organizaciones sin fines de lucro que realicen operaciones económicas.
Para qué lo usa Hacienda
Es una herramienta de cruce de información. Si vos reportás que le pagaste ₡1.000.000 a alguien sin comprobante electrónico de por medio, esa persona debería estar declarando ese ingreso. Cuando los números no calzan, el descalce queda visible.
Tu informe también expone a terceros
Un proveedor que no emite comprobantes queda en evidencia cuando vos reportás la operación. No es tu responsabilidad fiscalizarlo, pero explica por qué la exactitud de este informe importa más de lo que su carácter "informativo" sugiere — y por qué conviene insistir en que te facturen bien.
Las identificaciones tienen que estar bien
El cruce se hace por número de identificación. Un dígito equivocado y la operación no calza con nadie. Los formatos vigentes:
| Código | Tipo | Formato |
|---|---|---|
01 | Cédula física | 9 dígitos |
02 | Cédula jurídica | 10 dígitos |
03 | DIMEX | 11 o 12 dígitos |
04 | NITE | 10 dígitos |
05 | Extranjero no domiciliado | Hasta 20 caracteres |
06 | No contribuyente | Hasta 20 caracteres |
El detalle de cada uno está en la guía de tipos de identificación. Acá el dato hay que conseguirlo de la contraparte: como son operaciones sin comprobante electrónico, no hay un archivo del cual copiarlo.
Errores frecuentes
- Reportar todo lo que facturaste. El error de base. Lo que ya tiene comprobante electrónico no va acá.
- Buscarlo en obligaciones pendientes. Está en Declaraciones Eventuales.
- No presentarlo por estar en Simplificado. Aplica igual.
- Guiarse por un calendario viejo. El plazo ordinario es el 25, no el 10.
- Identificaciones mal transcritas. Rompen el cruce.
- No agrupar por contraparte. Se reporta el total del período por cada cliente o proveedor.
La mejor estrategia: tener menos que reportar
Como el 270 cubre justamente lo que no tiene comprobante electrónico, cada operación que lográs documentar correctamente es una que sale de este informe. Un negocio que exige factura electrónica a todos sus proveedores termina con un 270 corto o vacío.
Ahí está el trabajo real, y ocurre durante el mes, no el día de la declaración: pedir el comprobante en el momento de la compra en vez de descubrir tres semanas después que nunca llegó.
Qué hace y qué no hace Inbox Factura acá
Seamos claros: Inbox Factura no arma el 270 por vos. Este informe trata sobre operaciones sin comprobante electrónico, y nosotros justamente organizamos los comprobantes que sí llegan.
Lo que sí te da es el otro lado de la ecuación: el registro completo de lo que sí vino con factura electrónica en cada período. Comparar eso contra lo que sabés que moviste es la forma práctica de identificar qué quedó sin documentar — que es el material del 270, y también la lista de proveedores a los que hay que reclamarles.
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